La Fiscalía de la Nación mantiene una posición procesal amparada en la costumbre para no investigarlo, en lugar de activar su competencia constitucional como autoridad encargada de la persecución de los delitos.
Por Francisco Alvarez. 24 mayo, 2022. Publicado en Correo, el 24 de mayo de 2022.El presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, ha vuelto a ser noticias en los últimos días a raíz de graves relevaciones que ha realizado el empresario Zamir Villverde. Villaverde ha sido el foco de atención de los medios y opositores por las imputaciones lanzadas contra el JNE, los pagos que se habrían efectuado a favor del presidente Castillo o a favor del ex secretario general, Bruno Pacheco, entre otros.
Más allá de la información preliminar que ha dado Villaverde y de la eventual corroboración a cargo del Ministerio Público, se ha vuelto a repetir el mismo “libreto” al que nos tiene acostumbrados el presidente Castillo con su idea de persecución política, pero, además, su nueva defensa legal ha anunciado que emprendería una querella criminal contra el Sr. Villaverde por haber proferido falsas acusaciones en contra del alto mandatario.
Si vemos con atención el comportamiento procesal de su defensa, vemos un patrón de litigio continuo que busca denunciar afectación a las formas del proceso, por ejemplo, el cuestionar la falta de imparcialidad de la fiscal Norah Córdova en el caso Petroperú a través de una habeas corpus para apartarla del proceso, o las quejas que habría expresado el presidente hacía la entonces Fiscal de la Nación por la diligencia de allanamiento presidencial; empero, parece que los ciudadanos estamos lejos de encontrar respuestas a los graves actos de corrupción en los que se ha visto implicado el mandatorio.
Lo más grave es que, a pesar del paso de los días y de la amplitud de las nuevas denuncias contra el presidente, la Fiscalía de la Nación mantiene una posición procesal amparada en la costumbre para no investigarlo, en lugar de activar su competencia constitucional como autoridad encargada de la persecución de los delitos.
Este es un artículo de opinión. Las ideas y opiniones expresadas aquí son de responsabilidad del autor.